El tribunal ante el que se planteó la excepción de ilegalidad, antes de notificar el tribunal administrativo competente a solucionarla, esta obligado a: observar si la excepción de ilegalidad se refiere a una acto administrativo; a constatar que la solución de la causa depende de este acto administrativo; a argumentar todo dentro de una decisión razonada a través de la cual informará al tribunal administrativo competente y también suspenderá el juicio. Si la decisión no esta razonada, el tribunal puede regresar y pedir el punto de vista, porque tiene que decidir sobre la excepción, tanto mas cuanto no puede rechazar la demanda por non razonada
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